En consonancia con su compromiso de contribuir a un medio ambiente más limpio, saludable y seguro, Atmus Filtration Technologies ha identificado sustancias que están restringidas y/o prohibidas en nuestros productos. En consecuencia, los proveedores deben conocer y cumplir los requisitos normativos para los materiales o componentes suministrados a Atmus. Los requisitos reglamentarios pertinentes, los documentos de orientación y los recursos proporcionados por las agencias reguladoras regionales o los órganos de gobierno deben revisarse con regularidad. A continuación se indican los enlaces a algunas agencias reguladoras u organismos gubernamentales:
RoHS (Restricción de sustancias peligrosas) Sustancias restringidas
Lista del inventario de sustancias químicas de la Ley de Control de Sustancias Tóxicas (TSCA)
Los proveedores que suministran cualquier producto o servicio a Atmus son totalmente responsables del producto final suministrado a Atmus, independientemente del número de subproveedores (nivel 2, 3, etc.) que pueda haber en la cadena de suministro. El producto final suministrado incluye conjuntos parcial o totalmente acabados, componentes, envases, productos químicos y sustancias de procesamiento consumibles. Esto se aplica además a todos los proveedores y empresas conjuntas que fabrican productos de marca como Fleetguard®.
Es responsabilidad del proveedor verificar que las sustancias enumeradas en la Norma de Ingeniería de Filtración (FES) 1801, Sustancias prohibidas y restringidas, no se encuentran en ninguno de los productos o materiales suministrados a Atmus según el umbral de referencia. Para obtener más información, consulte la Norma de ingeniería de filtración (FES) 1801.
Si tiene preguntas sobre sustancias prohibidas o sobre el cumplimiento de la norma FES 1801, póngase en contacto con [email protected]. No envíe solicitudes de negocios a este contacto.